lunes, 28 de septiembre de 2009

Convenio de Trans. Mercancías y Logística de Barcelona Sentencia Tribunal Superior Justicia de Catalunya

Compañeros y compañeras:
Lamentablemente, ha pesar de que en este tema, se nos ha dado la razón en
innumerables sentencias, la sala del tribunal superior de justicia ha resuelto la sentencia
del Incremento (2% IPC previsto), de forma desfavorable a los intereses de los
trabajadores.
No reconoce que exista IPC previsto y plantea por tanto que el incremento a aplicar en
2009 en tanto no se conozca definitivamente el IPC, es el 1% (diferencial con el IPC
pactado en convenio). Esta sentencia pervierte lo dispuesto en nuestro convenio
colectivo y deja para el final de año la revisión al IPC Real a partir del 0%
Esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, entra en contradicción con
otras de carácter similar emitidas por otros ámbitos judiciales del Estado Español. CCOO
la respeta pero manifiesta su total i absoluta disconformidad y no entendemos justa ni
proporcionada la postura y argumentación de la mayoría del Tribunal
Como no podía ser de otra manera ante este atentado a los derechos de los
trabajadores, se interpondrá recurso al Tribunal Supremo .
Hasta la Resolución del Tribunal Superior es de aplicación la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya.
Una vez que tengamos las tablas salariales a aplicar, convocaremos una asamblea en la
que informaremos del resultado de las mismas, así como del proceso de recursos
OS SEGUIREMOS INFORMANDO

martes, 1 de septiembre de 2009

La incapacidad temporal es compatible con el derecho al disfrute de vacaciones‏

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana 1438/2009, de 5 de mayo de 2009

Si las vacaciones coinciden con una baja laboral, el trabajador puede disfrutarlas en otras fechas

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha declarado el derecho de una trabajadora del Hospital General de Valencia, que unos días antes de tomar las vacaciones, cayó en situación de incapacidad temporal, a disfrutar del periodo vacacional en otras fechas.

El hospital había denegado la solicitud de la trabajadora de tomar las vacaciones en otra fecha porque consideraba que ya las había disfrutado cuando cogió la baja laboral. Ante la negativa, el sindicato SATSE, que asumió el papel de defensor de los intereses de la trabajadora, presentó una demanda ante un Juzgado de lo Social de Valencia que le dio también la razón.

Esta sentencia se aparta del criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo, que entiende que la coincidencia entre el periodo vacacional previamente determinado y la incapacidad temporal no suspende o aplaza el disfrute de las vacaciones, sino que deben entenderse consumidas durante ese periodo.

El Tribunal Superior valenciano justifica la inaplicación de la jurisprudencia consolidada del Supremo en la existencia de una novedosa jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas, que interpreta la Directiva de Ordenación del Tiempo de Trabajo llegando a una conclusión contraria a la que llegaba el Alto Tribunal.

lunes, 20 de julio de 2009

20/7/2009 CONFLICTIVIDAD EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La justicia obliga a las empresas a subir los sueldos con el IPC previsto
1. • El tribunal critica al Gobierno por negar la existencia de una previsión oficial de inflación
2. • La patronal recurre ante el Supremo los fallos de la Audiencia Nacional a favor de los sindicatos

Transportistas de Barcelona, en el juicio celebrado este mes en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya por la subida salarial. Foto: SERGIO LAINZ
ANTONI FUENTES
BARCELONA
La justicia ha dado un varapalo a la patronal en la guerra judicial emprendida para recortar o congelar las subidas salariales. La Audiencia Nacional y otros tribunales rebaten en un reguero de sentencias el intento de los empresarios de revisar los incrementos pactados con el argumento de que no existe una previsión oficial de inflación por parte del Gobierno, el eje de casi todos los convenios colectivos.
La Audiencia ha fallado con nitidez a favor de los sindicatos en los conflictos colectivos planteados en varios convenios de los sectores alimentario, del transporte frigorífico, los centros de atención al cliente y en varias empresas. La sala de lo social de la Audiencia Nacional rechaza la pretensión patronal de subir los sueldos en función del índice de precios de consumo (IPC) real, situado en junio en el -1%, en lugar de la habitual previsión del Ejecutivo, que fue del 2% para el 2009.
De nada ha servido la respuesta de la Secretaría General de Presupuestos del Ministerio de Economía a una consulta empresarial en la que informa de que el Gobierno no ha establecido previsión de IPC para el 2009. «Tan sorprendente afirmación contradice nada menos que a la ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado», indica el tribunal en un fallo.

IPC PARA PENSIONES Y FUNCIONARIOS / Las pruebas de la existencia de la controvertida previsión oficial de inflación son el 2% aplicado a la subida de las pensiones y a los sueldos de los funcionarios, si bien el tribunal acepta que la última vez que los Presupuestos utilizaron formalmente esa expresión fue en el 2001. Desde entonces, se ha aplicado «pacíficamente» el concepto de IPC previsto, y en todo caso se ha remitido a los objetivos del Banco Central Europeo (BCE), que efectivamente son el 2%.
La avalancha de procesos judiciales por discrepancias en la subida salarial ha provocado un inusual traslado de la negociación colectiva a los juzgados que tendrá como asalto final el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre alguno de los recursos empresariales. Las victorias sindicales están siendo pírricas por ahora. Un ejemplo son los sectores de las granjas avícolas y de empresas de aguas, que se niegan a aplicar la subida reconocida por sendas sentencias de la Audiencia Nacional «para intentar demorarla al máximo», según Xavier Olivé, de CCOO.
En cambio, la patronal de las cajas de ahorros (ACARL) ha aceptado pagar un 2% a la espera de que el Supremo «resuelva sobre si el 2% es el IPC previsto por el Gobierno», según el acta de conciliación firmada entre los sindicatos y ACARL en la sala de vistas de la Audiencia Nacional.
Las empresas que han optado por evitar los juzgados y aceptar un arbitraje están obteniendo una respuesta similar. En el laudo del Tribunal Laboral de Catalunya sobre el aumento salarial de Autobuses de Lleida, el árbitro recuerda que la compañía aceptó en los años anteriores el IPC previsto como referencia para aplicar las subidas de las nóminas, por lo que ve injustificado que se cuestione ahora, en un contexto de crisis y descenso de los precios.

sábado, 20 de junio de 2009

El Congreso aprueba la nueva Ley de Tráfico

La norma fue aprobada finalmente por 193 diputados y rechazada por otros dos. Mientras, 137 parlamentarios del PP se abstuvieron. De este modo, el texto pasa ahora al Senado.

La norma, contempla una única notificación, en lugar de las tres actuales, y premia el pronto pago de los infractores con un descuento del 50% en el importe de las multas, por el actual 30%.

Además, fija una cuantía exacta de las multas, con 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, si bien éstas podrán incrementarse hasta en un 30% atendiendo al "peligro potencial creado".

Si el conductor no paga ni alega en el plazo de 15 días, la sanción será firme en el plazo de un mes, y el dinero recaudado con las multas se destinará a la seguridad vial.

Por otro lado, el conductor con dos sanciones firmes graves no podrá renovar el permiso de circulación ni vender el vehículo y los agentes podrán inmovilizar el coche a quien no tenga el seguro obligatorio, lleve inhibidores de radar (para lo cual se prevé la multa más alta: 6.000 euros) o no haya pagado dos multas.

Por último, la ley reduce los casos de pérdida de puntos. Así, no se restarán puntos hasta los 151 kilómetros por hora en las autopistas o autovías con un sistema de velocidad variable de entrada a las grandes ciudades, como Barcelona.

Tampoco perderá puntos, aunque sí será multado, quien estacione o pare en el carril bus, la grúa no se llevará un vehículo aparcado en zona azul sin autorización, sólo se podrá pasar la ITV si está pagado el seguro obligatorio y no será necesario llevar la documentación en el coche, sino que bastará con tener los papeles en regla.

jueves, 28 de mayo de 2009

REFLEXION A LA PLANTILLA???

Que se puede comentar del correo que ha enviado el comité,la verdad creo que esta todo dicho...que me digan que la subrogacion la hicieron bien,vale pero fue hace 6 años,dicen que han reducido la jornada cuando en verdad fue por ley cuando se instauro el descanso obligatorio de 45 horas semanales,con respecto a lo que dicen que las sanciones están el el convenio,a ver donde dice lo de ir de los envases al pescado en sentido contrario y que sancion tiene ir con las puertas abiertas,según dicen ellos mismos todas las sanciones que ellos aprueban son ilegales ya que están fuera del convenio,y las demás cosas que dicen caen por su propio peso.
En definitiva ni una propuesta solo dicen que hace años lo han hecho bien ¿porque no dicen nada de lo que han hecho este año?insisten en que queremos dividir,que lo mejor es que solo estén ellos,hace 8 años que están y pretenden estar 12 años sin ningún control sin nadie sepa lo que hacen,nosotros solo queremos participar y no dividir¿pero como participar si no le dan la posibilidad a nadie?¿o es que acaso no saben que las listas las tienen que votar los afiliados?ellos mismos se han elegido.Dicen que son transparentes pero el ultimo preacuerdo no lo mostraron hasta una semana después y no permitieron que un asesor de comisiones asistiera a la asamblea.
Mi opinión es que es pura demagogia no proponen nada no ofrecen nada no se comprometen a nada y terminan asustando y dicen que mires hacia atrás y que puedes cometer un error imposible de corregir y te remata diciendo que seas coherente,yo te pido que saques tus propias conclusiones y votes en consecuencia

jueves, 21 de mayo de 2009

LISTA DE CANDIDATOS

Esta es la lista de candidatos,segun dictan los estatutos sindicales elegidas democraticamente entre los afiliados,con esto queremos remarcar que esta lista es fruto del trabajo y la dedicacion que los candidatos han demostrado a lo largo de los ultimos meses y que los afiliados asi lo reconocen.

Este es el orden de la lista de CCOO:

1)Salvador Calabrino

2)Ricardo Muñoz Martinez

3)Jose Ramon Teijeiro Ariza

4)Jose Manuel Damas Reyes

5)Emiliano Perez Tudela

6)Pedro Antonio Hernandez Cano

7)Antonio Castillo uviña

8)Angel Gabriel Romero Pacha

9)Ricardo Fornas Peiro

10)Jesus Lopez Delgado

11)Javier Cuenca Martinez

12)Emilio Melendez Triviño

13)Agustin Sanchez Bejaraivo

14)David Nieto Perales

15)Francisco Contreras Parra

miércoles, 1 de abril de 2009

INFORMACION DESDE CCOO

LA HUELGA: UN EXITO DE SEGUIMIENTO
Convenio de Trans. Mercancías y Logística de Barcelona
Compañer@s:
Desde CCOO agradecemos a todos y todas, el apoyo y seguimiento a las movilizaciones de los días 26 y 27 de marzo.
A las patronales del sector le hemos hecho saber que en el caso de que no se solucione el tema de las tablas salariales no pararemos de movilizarnos hasta que se cumpla lo pactado.
Dejamos un plazo de tiempo prudencial a la espera de respuesta de la Patronal TRANSCALIT, para que se sume a la oferta aceptada por CCOO, UGT y ACET.
A finales de Abril, se convocara asamblea de delegados y trabajadores del sector para entregar las tablas o en el caso que persista la actitud de TRANSCALIT decidir próximas actuaciones y/o movilizaciones.
Recordamos a TRANSCALIT, que las condiciones se negocian en los convenios y los acuerdos son entre las partes y no le vamos a consentir que quieran modificar las condiciones de l@s trabajador@s del sector chantajeando y queriendo amedrentar.
DEFENDIENDO NUESTROS DERECHOS HASTA EL FINAL

Hfsc

\
Via Laietana, 16 • 08003-Barcelona
Tels. 934812849 - 934812765
fsc@ccoo.cat
www.ccoo.cat/fsc/carretera

martes, 24 de marzo de 2009

LAS COSAS NO SON LO QUE PARECEN

A continuacion podran ver el verdadero fondo de la cuestion de la huelga,el documento que veran es el que la patronal envio a los sindicatos,no hace falte ser un genio para darse cuenta que si aceptamos que no nos suban el salario segun el convenio lo que seguira sera esto...leedlo con atencion y que cada uno saque sus propias concluciones...





PLATAFORMA EMPRESARIAL: MODIFICACIONES / SUSPENSIÓN TEMPORAL ARTICULOS CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE BARCELONA 2007-2010

ACUERDO EXCEPCIONAL DE REVISION

La actual situación de crisis económica y financiera global, que atraviesa el Estado y que afecta de manera muy directa a las empresas de nuestro sector, hace necesaria la adopción de medidas excepcionales que ayuden a los empresarios a paliar los efectos económicos de la crisis, y afiancen el empleo en nuestro sector.

La Representación Empresarial, está convencida de la necesidad de llegar a un acuerdo con las Centrales Sindicales al respecto, para tratar de evitar situaciones irreversibles.

TRANSCALIT y ACET proponen revisar los siguientes artículos del Convenio Colectivo de Mercancías por Carretera 2007-2010:

  • Art. 4. Ámbito temporal
  • Art. 6.Incremento y revisión salarial
  • Art. 16. Jornada laboral
  • Art. 17.Horas extraordinarias
  • Art. 18.Vacaciones
  • Art. 20.Gratificaciones extraordinarias
  • Art. 25.Dietas
  • Art. 28.Prendas de trabajo.
  • Art. 29.Retirada del permiso de conducción
  • Art. 37.2Clasificación profesional. Disposiciones comunes a diversas categorías.


Esta claro que lo que buscan es invalidar el convenio para conseguir en su beneficio la revision de estos puntos del convenio.

lunes, 23 de marzo de 2009

HUELGA DEL 26 Y 27 DE MARZO

Les patronals de transport de mercaderies i logística de la provincia de Barcelona, TRANSCALIT I ACET, aboquen als treballadors i treballadores del sector a la vaga els propers dies 26 i 27 de març
Malgrat els intents de conciliació fins el darrer moment, la patronal del sector es nega a realitzar els increments d'IPC pactats en conveni
Les organitzacions sindicals ha reivindicat des del primer moment l'aplicació en les taules salarials del 2009 els increments del IPC del 2% més 1% previstos en el Conveni signat. Per les organitzacions sindicals, per CCOO, aquesta no és una reivindicació baladí, és la defensa del pactat, la defensa del que es va negociar i acordar amb bona voluntat de les parts signats. Per CCOO, per les organitzacions sindicals, el que està pactat s'ha de complir i aquest increment està pactat i no ens valen excuses injustificades de la manca de publicació formal del IPC per part del govern.
La vaga està prevista per els propers dies 26 i 27 i es desenvoluparà de la següent manera:
Dia 26 de les 00 hores fins les 24 hores
Dia 27 de les 00 hores fins les 24 hores
Prèviament el dia 25 de març està prevista la realització d'una assemblea de delegats i delegades i treballadors del sector al saló d'actes de CCOO ( Via Laietana 16) a les 10 hores per valorar altres possibles actuacions i mobilitzacions a emprendre si s'escau.
Barcelona, 23 de març de 2009

jueves, 12 de marzo de 2009

TRAFICO MULTARA A PARTIR DE 121 KM/H

Trafico multara a partir de 121 km/h ¿hasta cuando aguantaremos?

En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.

El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h.

El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h.

Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h. La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.

La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.

Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h, pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.


MATRÍCULAS LEGIBLES

Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.

Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.

Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.

Por Jaime Arruz Fuente : http://www2.solomoto.es/noticias_firmante.asp?firmante_id=72

Febrero 2009

jueves, 5 de marzo de 2009

EL PORQUE DE LA HUELGA

Tenemos un convenio colectivo 2007 - 2010 que esta en vigor,bueno deberia estan vigor porque la patronal lo esta incumpliendo,nos dicen que la cosa esta dificil...eso lo sabemos todos no es ninguna novedad,pero los pactos estan para cumplirse...¿o es que acaso solo tenemos que cumplirlo nosotros los trabajadores?porque cuando tenian grandes beneficios nos decian que solo nos subirian lo que estaba pactado en el convenio,ni un euro mas...¿y ahora?pues ahora no nos quieren subir nada,cero euros...por la cara bonita...pues no!!...y nos viene con la cantinela de siempre,que la crisis, que estan despidiendo gente...¿es que acaso nos garantizan que si no nos suben lo que nos correspone no hecharan a nadie??...pues tampoco no nos dan nada a cambio,solo piensan en sus beneficios, y a los trabajadores que nos vayan dando...pues ya se nos acabo la paciencia,¿que sera lo proximo despido libre tal vez?...ni de coña!!, por esto compañeros pararemos el 26 y 27 de marzo por dignidad y para que la patronal no se olvide que sus beneficios depende de nosotros.

domingo, 1 de marzo de 2009

INFORMACION SOBRE EL CAP

Hay muchas dudas sobre el CAP y sobre todo mucha desinformacion,desde aqui trataremos de despejar algunas de las dudas mas frecuentes:

1) ¿Cuándo entra en vigor el certificado de Aptitud Profesional (CAP) para conductores?

- Conductores transporte de viajeros el 11 de septiembre de 2008 la formación inicial

- Conductores transporte de mercancías a partir del 11 de Septiembre del 2009

2) ¿La nueva formación de conductores profesionales afecta al transporte privado, con mercancías propias?

- Si afecta a todos los conductores de vehículos cuyo MMA sea mayor de 3500 kg.

3) ¿La cualificación inicial para conductores profesionales a partir de que edad puede optar a la formación?

- A partir de 18 años.

La obtención del permiso de conducir no es un requisito previo para poder acceder a la cualificación que se pretenda conseguir.

4) Soy un conductor de furgoneta transporte de paquetería, ¿puedo tramitar el nuevo carné profesional de conductor?

- Si, si transporta un vehículo MMA>3500 kg, es decir permiso C1; C1+E; C+E; D1; D1+E; D o D+E.

5) ¿Cuanto duran los cursos de formación inicial y formación continua de los conductores profesionales?

- La cualificación inicial ordinaria, consistirá en la asistencia de un curso de 280 horas y superar un examen correspondiente.

- La cualificación inicial acelerada de 140 horas de duración y superar un examen.

- La Formación continua consistirá en un curso de 35 horas, de 7 horas diarias máximas de Formación.

6) ¿Debe tener antes el permiso de conducir para realizar el curso de formación inicial para la obtención del certificado de aptitud profesional conductor y el examen oportuno?

- No es necesario la previa titularidad del permiso de conducción, se puede realizar el curso y el examen antes. Es una formación distinta.

7) ¿Donde se realizará los exámenes para la obtención del certificado de Aptitud profesional (CAP)?

- Los exámenes están previstos que sean convocados 6 veces al año por los Consejerias de Transporte de las Comunidades Autónomas, el lugar y el tribunal se publicarán mediante resolución expresa por la autoridad competente.

8) ¿Cuales son los centros autorizados para impartir la formación inicial y continua de la Capacitación Profesional de los conductores?

- Centros que previamente estén autorizados pro el organismo competente en materia de transporte.

9) ¿Podré renovar el carné ADR junto con el CAP certificado de aptitud profesional?

- Si, siempre que el centro este autorizado para impartir cursos en materia ADR (tráfico) y CAP (transporte).

10) Si soy conductor y obtengo el título de transportista (capacitación profesional par la actividad de transportista), ¿tengo que examinarme para la obtención del CAP?

- Se prevé que queden parcialmente exentos de la asistencia al curso y de los exámenes necesarios para la calificación inicial, solo en las partes o módulos de formación que sean comunes.

11) Soy conductor profesional de antes de la entrada de la directiva 2003/59/CE y R. D. 1032/2007, ¿como podré obtener la tarjeta acreditativa del certificado de aptitud profesional conductor (carné)?

- Se prevé que la expedición sea automática siempre que se reúnan los requisitos de edad, permisos de conducir y con la caducidad exigible para la formación continua (reciclaje)

12) ¿A partir de cuando será obligatorio la formación continua de 35 horas por el CAP?

Viajeros:
· Permisos de conducir D, D1, D+E, D1+E(viajeros) expedidos antes de 11 de septiembre de 2008
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2011.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 3 o 4, antes del 10 septiembre 2012.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2014
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015

Mercancías:
· Permisos de conducción C+C1, C+E, C1+E, expedidos antes del 11 de septiembre de 2009.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2012.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2013.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2014.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2015.
· Titulares cuyo permiso de conducir termine 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2016.

13) En los cursos de la obtención de la tarjeta acreditativa del conductor, CAP ¿Se impartirá algún módulo medioambiental?

- Está previsto un módulo medioambiental, ya que el transporte produce un impacto ambiental sobre el medio que nos rodea, contaminación acústica, emisiones de oxido nitroso, CO2, O3, etc (contaminantes primarios y secundarios)

14) ¿Qué es la eficiencia energética?

- En el transporte cuando se realiza una “conducción racional”, para ello el conductor debe conocer e interpretar las distintas normas de potencia, par y consumo especifico. Relación entre aceleración, consumo y conocer la caja de cambios, etc – objeto – OPTIMIZAR CONSUMO DE COMBUSTIBLE.

15) En los cursos de Formación de conductores para transporte de viajeros ¿Qué programas formativos se impartirán?

- Módulo: Normativa comunitaria (CE), reglamento nacionales (RD), ordenes ministeriales (OM) y normativa CCAA y locales
- Módulo: Documentación especifica para viajeros.
- Módulo: Tacó grafo y tiempos de conducción y descanso.
- Módulo: Atención de pasajeros y 1º Auxilios.
- Módulo: Seguridad, evacuación e incendios.

16) ¿En que centros me podré preparar para la obtención y renovación del carné profesional del conductor o certificado de aptitud profesional?

- En centros que reúnan los requisitos del RD 1032/2007 y que te den una garantía y eficacia en la formación y que sean conocedores del mundo del transporte de mercancías y el de viajeros.
Contactar

jueves, 26 de febrero de 2009

PISAR EL DISCO?..NO GRACIAS...

Al final la huelga se ha desconvocado,pero que pasa ahora con todos los compañeros que no tienen los descansos minimos?...que paga la empresa?...y si en unos meses nos cambiamos de empresa tambien pagaran?...siempre la misma historia amenazan al personal con que quitaran el camion,con que nos quitaran la ruta...y si ocurriera un accidente y no se tiene los descansos de quien es la responsabilidad??...del chofer como siempre...no nos negamos a trabajar,eso nunca,pero lo que no pueden es decirnos que violemos la ley que ellos se hacen responsables,eso no.

miércoles, 25 de febrero de 2009

BIENVENIDOS COMPAÑEROS

Hola compañeros os damos la bienvenida a nuestro blog,es nuestro deseo expresar a traves de este medio nuestras opiniones y que vosotros nos digais vuestros puntos de vista.
Tenemos la conviccion de que todos juntos podemos mejorar muchas cosas que en este momento brillan por su ausencia.
Como hemos dicho en otras ocaciones no es nuestro objetivo buscar la confrontacion y por este motivo estamos haciendo oidos sordos de comentarios y falsas acusaciones que se estan diciendo sobre nosotros y que seguramente habreis oido,no nos faltan elementos para defendernos sino todo lo contrario,nos sobran pero somos respetuosos y no haremos campaña hasta que los tiempos legales lo permitan,y en ese momento todos los que en este momento nos injurian tendran de rendir cuenta de sus palabras.