La justicia obliga a las empresas a subir los sueldos con el IPC previsto
1. • El tribunal critica al Gobierno por negar la existencia de una previsión oficial de inflación
2. • La patronal recurre ante el Supremo los fallos de la Audiencia Nacional a favor de los sindicatos
Transportistas de Barcelona, en el juicio celebrado este mes en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya por la subida salarial. Foto: SERGIO LAINZ
ANTONI FUENTES
BARCELONA
La justicia ha dado un varapalo a la patronal en la guerra judicial emprendida para recortar o congelar las subidas salariales. La Audiencia Nacional y otros tribunales rebaten en un reguero de sentencias el intento de los empresarios de revisar los incrementos pactados con el argumento de que no existe una previsión oficial de inflación por parte del Gobierno, el eje de casi todos los convenios colectivos.
La Audiencia ha fallado con nitidez a favor de los sindicatos en los conflictos colectivos planteados en varios convenios de los sectores alimentario, del transporte frigorífico, los centros de atención al cliente y en varias empresas. La sala de lo social de la Audiencia Nacional rechaza la pretensión patronal de subir los sueldos en función del índice de precios de consumo (IPC) real, situado en junio en el -1%, en lugar de la habitual previsión del Ejecutivo, que fue del 2% para el 2009.
De nada ha servido la respuesta de la Secretaría General de Presupuestos del Ministerio de Economía a una consulta empresarial en la que informa de que el Gobierno no ha establecido previsión de IPC para el 2009. «Tan sorprendente afirmación contradice nada menos que a la ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado», indica el tribunal en un fallo.
IPC PARA PENSIONES Y FUNCIONARIOS / Las pruebas de la existencia de la controvertida previsión oficial de inflación son el 2% aplicado a la subida de las pensiones y a los sueldos de los funcionarios, si bien el tribunal acepta que la última vez que los Presupuestos utilizaron formalmente esa expresión fue en el 2001. Desde entonces, se ha aplicado «pacíficamente» el concepto de IPC previsto, y en todo caso se ha remitido a los objetivos del Banco Central Europeo (BCE), que efectivamente son el 2%.
La avalancha de procesos judiciales por discrepancias en la subida salarial ha provocado un inusual traslado de la negociación colectiva a los juzgados que tendrá como asalto final el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre alguno de los recursos empresariales. Las victorias sindicales están siendo pírricas por ahora. Un ejemplo son los sectores de las granjas avícolas y de empresas de aguas, que se niegan a aplicar la subida reconocida por sendas sentencias de la Audiencia Nacional «para intentar demorarla al máximo», según Xavier Olivé, de CCOO.
En cambio, la patronal de las cajas de ahorros (ACARL) ha aceptado pagar un 2% a la espera de que el Supremo «resuelva sobre si el 2% es el IPC previsto por el Gobierno», según el acta de conciliación firmada entre los sindicatos y ACARL en la sala de vistas de la Audiencia Nacional.
Las empresas que han optado por evitar los juzgados y aceptar un arbitraje están obteniendo una respuesta similar. En el laudo del Tribunal Laboral de Catalunya sobre el aumento salarial de Autobuses de Lleida, el árbitro recuerda que la compañía aceptó en los años anteriores el IPC previsto como referencia para aplicar las subidas de las nóminas, por lo que ve injustificado que se cuestione ahora, en un contexto de crisis y descenso de los precios.
No hay comentarios:
Publicar un comentario